martes, 30 de julio de 2013

LA PROPIEDAD, DERECHO, CONSERVACIÓN Y DETERIORO

LA PROPIEDAD, DERECHO, CONSERVACIÓN Y DETERIORO
Por Jorge C. Oliva Espinosa

La propiedad, como categoría de los sistemas panteístas, es
consustancial a la naturaleza. No sólo a la humana. En otros niveles
de la escala zoológica vemos a individuos que ejercen y defienden su
propiedad sobre áreas, hembras, objetos, etc. Esta conducta feroz,
puramente animal, pudiera darnos la clave para entender el
comportamiento de la alta burguesía monopolista. Federico Engels situó
el origen de la propiedad privada, en la división de la sociedad en
clases. Clases determinadas por su posición con respecto al bien
apropiado. Yo, después de estudiar a Engels, simplifiqué el asunto y
concluí que la propiedad privada nació, cuando uno dijo "esto es mío"
y los demás se lo creyeron. El concepto de propiedad ha merecido la
atención de juristas desde los tiempos de la antigua Roma y hasta el
anarquista Proudhon, en 1840, trató la cuestión en su libro "¿Qué es
la Propiedad?", un estudio sobre los principios del derecho y del
gobierno, primer texto de la edad contemporánea donde alguien se
autodenomina anarquista en un sentido positivo.
Hace poco, a los cubanos nos devolvieron la propiedad de bienes que
nuestra Constitución garantizaba con anterioridad, como la vivienda y
el automóvil. Hasta ese momento, se declaraba que eran nuestros, pero
no podíamos venderlos ni disponer de ellos, como se supone podamos
hacer con lo que nos pertenece. Esto era difícil de comprender, porque
se desprende que, si algo es mío, puedo ejercer mi voluntad soberana
sobre esa propiedad. Entonces, resultaba que yo era el "propietario",
pero hasta cierto punto. De esta forma, se enmascaraba, otra relación
bien distinta entre el objeto poseído y el sujeto poseedor: la
relación de usufructo. En realidad yo no era propietario, sino
usufructuario de la cosa declarada como mía. Y eso con limitaciones.
Una vez más, no importaba lo establecido en nuestra pobre y sufrida
Constitución, cualquier órgano de gobierno podía emitir una resolución
que la contradijera o violara. En Derecho, la propiedad es el poder
directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a
su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones
que las que imponga la ley. Los romanos, grandes legisladores, dejaron
a la posteridad, una profusa normación jurídica con definiciones aún
válidas. Ellos consideraban que el derecho de propiedad pleno
comprende tres facultades principales: uso (ius utendi), disfrute (ius
fruendi) y disposición (ius abutendi). Así, de acuerdo a los romanos,
usábamos y disfrutábamos, pero no disponíamos de la propiedad personal
garantizada por nuestra Ley de Leyes.
Además de la propiedad personal, átomo o célula de la privada cuya
hipertrofia puede llevarnos a la creación de nuevos capitalistas,
tenemos la estatal que ha demostrado no conducirnos al socialismo, que
ha servido, por el contrario, para encubrir un capitalismo de estado
monopolista, y la propiedad cooperativa, a la cual se le comienza a
brindar, aunque tardíamente, posibilidades de desarrollo. El tipo de
propiedad prevaleciente estará en dependencia de la sociedad que se
quiera construir. La socialista requiere socializar verdaderamente la
propiedad. Es decir, entregarla a su verdadero dueño, la sociedad, con
las tres facultades que citaban los romanos.
Es verdad categórica que "para tener hay que mantener". Mantener una
propiedad, es decir, conservar el poder de decisión sobre algo y
cuidar de que no se deteriore, puede comprender muchas manifestaciones
y acciones. Desde luchar, de distintas formas, por retener el bien,
hasta emprender sobre el mismo labores del necesario mantenimiento.
Esto último, si no se acomete, puede hacer desaparecer el objeto
reclamado como propio. Y si se extingue y no hay objeto que nos
pertenezca, se acaba igualmente nuestro poder sobre el mismo. El
Mantenimiento, sus acciones y planeamiento eran temas, que explicaba
el inolvidable Profesor Fernando Portuondo y Pichardo, intelectual de
prestigio heredado y propio, hijo de Fernando Portuondo y Hortensia
Pichardo. Fue mi compañero de cátedra, de él recibí lecciones
magistrales, le admiré y quise en vida y hoy, ya fallecido, lo
rememoro con respeto. Explicaba Fernando, la necesidad de inventariar
los bienes que someteríamos a mantenimiento. Pero, para que esta
acción constituyera una herramienta de dirección, capaz de brindar una
información necesaria para la toma de decisiones, cada objeto o equipo
debía poseer su propia "historia clínica", donde quedaran consignadas
su fecha de adquisición, las reparaciones sufridas, su valor remanente
y otros datos. Luego, se empleaba con elocuencia sin igual, en
explicar los métodos y sistemas de mantenimiento. Por aquellos
tiempos, se había hipertrofiado el inventariar y veíamos que objetos
tan disparatados como una ventana o un closet en una oficina; un
cucharón y una espumadera en un comedor obrero, exhibían extensos
números de inventario. Se pretendía con ello, tener "control" de la
propiedad estatal sobre cuanto ensere, objeto, equipo, etc., hubiera
en una dependencia. Propiedades cuyo control, dado por una numeración,
era más que discutible; bienes que nunca recibían mantenimiento
alguno. Cuando el maltrato o el tiempo volvía inservible algo, se le
daba de baja y ya. Mientras tanto, vivíamos rodeados de numeraciones
de muchos dígitos; todas inútiles, por supuesto. Tan inútiles como una
Constitución que no se cumple.
Nada, amigos, que la propiedad y su mantenimiento necesitan de mucho
estudio y atención en estos días de definiciones que vivimos.

Desde Regla,
ayer "La Sierra Chiquita"; ayer, hoy y siempre, bastión de rebelde cubanía.
Julio 30 de 2013


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De la Revolución iniciada en 1868 y aún inconclusa, soy hijo; a ella me
debo.

Jorge C. Oliva Espinosa. Cubano, nieto de mambises, sobreviviente.
http://jorgecolivaespinosa.blogspot.com
jorgecoliva@gmail.com

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