miércoles, 22 de mayo de 2013

UN MANUAL INUTIL (5)

UN MANUAL INÚTIL (5)
Por Jorge C. Oliva Espinosa

LAS HERENCIAS EN CUBA
Según algunos historiadores del Derecho, el procedimiento hereditario
es un instrumento jurídico, que pretendía hacer valer el derecho sobre
la propiedad, más allá de la muerte del poseedor. Es decir, que
extendía la voluntad y el poder de los muertos sobre la cosa. Pero,
como en toda cuestión de herencias, ni aún en eso todos están de
acuerdo. Así, según otros, fue la institución legal de que se valieron
los hijos para apoderarse de los bienes paternales una vez fallecidos
aquellos. Los romanos fueron los que más atención prestaron al
problema, lo normaron y crearon el Derecho Sucesorio o Hereditario.
Los juristas afiliados a la Escuela de Marx han dicho pestes,
afirmando que, es uno de los subterfugios de que se han valido las
clases poseedoras para salvar la propiedad privada. La que debía
extinguirse con la vida del propietario y pasar otra vez al dominio
colectivo, que ellos llaman comunal. ¡Como si las cosas tuvieran
marcha atrás! Claro, que para nacer el derecho hereditario eran
necesarias dos premisas: el desarrollo de las fuerzas productivas,
creadoras de alguna riqueza que heredar y la familia que aspirara a
heredarla. Ahí está el cavernícola, al que se enterraba con su hacha
de pedernal y ya. Él no tenía siquiera familia reconocida. El problema
parece surgir cuando al hombre le dio por comenzar a acumular
riquezas. La mujer se le subordinó y le dijo: "Estos hijos son tuyos".
Y bueno, él se lo creyó. Después vino el lío del Testamento, que dio
lugar a la sucesión testamentaria y al abintestato. También
aparecieron los Notarios, los Albaceas y los hijos naturales (los
demás deben ser "artificiales") que, sintiéndose discriminados,
impugnaron los testamentos y el asunto se complicó. Hoy todos los
países tienen sus leyes que regulan la transmisión de bienes a la
llegada de La Inexorable, el derecho a heredar y a desheredar. Y en
todas partes del mundo hay quienes impugnan la facultad que tenía el
muerto para hacerlo. Por ello, es quizás el Derecho Sucesorio uno de
los más cuestionados. En lo que no hay dudas, es que la Herencia crea
desigualdades, profundiza diferencias entre el que hereda y los no
beneficiados. Yo creía que esas diferencias siempre favorecerían al
sucesor legal. Es decir, al heredero. Y eso debe ocurrir así en
cualquier lugar que no sea Cuba. Sobre todo, si el causahabiente es
cubano. Los siguientes casos me convencieron que en nuestra tierra,
las herencias, como todas las cosas, son diferentes:

CASO UNO:
Erasmo había sido traído por sus padres desde la mediterránea
Barcelona, a la edad de 3 años. Aquí, siguiendo malos consejos y
creyendo beneficiarle, lo inscribieron como cubano nativo en el
"Juzgado Municipal del Calvario", localidad periférica habanera que
jamás ha sido, ni Término Municipal, ni Partido Judicial.
Corrían los tiempos turbulentos de la seudo-república y todo era
posible, siempre que mediaran unos cuantos pesos. Cuando nuestro
protagonista cumplió 46 años y sus padres ya estaban difuntos, le
llegaron noticias de una herencia que esperaba por su legítima
reclamación en tierras catalanas. Consistía la misma en varios
inmuebles enclavados en pleno corazón barcelonés. Como quien dice, en
las mismas Ramblas, y de los cuales sus padres jamás le habían
hablado. Queda sobrentendido que los padres de Erasmo eran comunistas
convencidos y que no creían en la validez de la propiedad privada. Eso
les costó emigrar de España a la victoria de los fascistas y ser
refugiados en un campo de concentración francés. El padre había
combatido en el famoso Quinto Regimiento. Educaron al hijo en sus
doctrinas y murieron felices en una Cuba Socialista.
Después de vivir toda su vida como cubano y fiel a las enseñanzas de
sus padres, Erasmo al saberse heredero de un capital, corrió a las
dependencias oficiales en busca de asesoramiento. Allí le informaron:
-Usted como cubano tendría que afrontar los gastos de los trámites,
todos ellos en divisas y pedir permiso a nuestras autoridades
migratorias para viajar a España a hacer valer sus derechos. Y el
pasaje incluso debe sufragarlo en dólares. Sin embargo, si nos otorga
un poder, nuestro Cónsul allá se hará cargo. Nosotros desde luego, le
cobraremos una comisión por ello y le traeremos en efectivo su
herencia. Eso sí en pesos cubanos.
Ante un ofrecimiento tan generoso, nuestro amigo se llenó de
curiosidad e inquirió:
-¿Y si yo fuera español?
-Si usted fuera español residente en Cuba, usted podría viajar allá y
entenderse con la justicia española, que es la de su país y en lo cual
nosotros no interferiremos. Muy al contrario, como residente puede
comprar su pasaje en dinero cubano.
El desenlace de esta historia es de suponer. Hace ya cuatro años que
Erasmo, sin dejar de sentirse cubano, renunció a su falsa ciudadanía.
De la impostura que mantuvo durante 43 años nadie pudo acusarlo, pues
los verdaderos responsables ya eran fallecidos. Hoy vive en Barcelona
en pleno disfrute de su herencia, ocupando una de las casas de su
propiedad.

CASO DOS:
Ayer recibí la visita de Cayetano, un amigo mío cuyo padre falleció
recientemente. Venía todo compungido. Pero por encima de su tristeza,
le afloraba un mal humor de los mil demonios. El sentimiento más
débil, subyacente, era claramente atribuible a la pérdida irreparable
que había sufrido. Así que, intrigado por la furia que lo dominaba,
presté suma atención a la catarsis con la cual me develó el motivo de
su enfado:
-Tú sabes que yo aquí en la Habana no tengo donde vivir. Que vivimos
agregados en casa de la familia de mi mujer. Un apartamentico así de
chiquito. Y eso teniendo nosotros tremenda casa en Trinidad. Papá se
negó siempre a permutarla para acá y se empeñó en vivir solo en
aquella casa allá. Y allá se me murió. Pues bien: En Trinidad también
murió hace poco un español que tenía un hotel en sociedad con el
Estado cubano. El difunto, con la debilidad de todos sus coterráneos,
se había casado con una negra criolla, la cual le dio un mulatico. Y
ahora ese hijo es su heredero. Y como tal, es dueño de la mitad de
aquel hotel.
-¿Bueno, y qué?..
Pregunté sin comprender y creyendo a mi amigo presa de la más furibunda envidia.
-¿Cómo que y qué? He ido a la Reforma Urbana, al Instituto de la
Vivienda, he escrito a la Fiscalía de la República, a la provincial y
al Fiscal del Municipio. He consultado a los Bufetes colectivos de la
Habana y de Trinidad. En todas partes me dicen que no puedo heredar la
casa de papá, porque yo no vivía en ella... ¡Y EL MULATICO, ¿VIVIA EN
EL HOTEL ACASO?!




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De la Revolución iniciada en 1868 y aún inconclusa, soy hijo; a ella me
debo.

Jorge C. Oliva Espinosa. Cubano, nieto de mambises, sobreviviente.
http://jorgecolivaespinosa.blogspot.com.es
jorgecoliva@gmail.com

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